Verifactu: nuevos plazos de 2027 y cómo preparar a tus clientes
18 de junio de 2026 · 6 min de lectura
El Real Decreto-ley 15/2025 retrasó Verifactu a 2027. Repasamos las nuevas fechas, a quién obligan y qué conviene que una gestoría vaya preparando ya, sin agobios.
Si llevabas meses oyendo que Verifactu entraba en vigor en 2026, hay novedad: se ha aplazado. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, amplió los plazos de adaptación, así que durante 2026 no es obligatorio. Para una gestoría eso no significa olvidarse del tema, sino tener margen para llegar bien preparada a las nuevas fechas.
Las nuevas fechas de obligatoriedad
- Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: antes del 1 de enero de 2027.
- Resto de obligados tributarios (autónomos y demás contribuyentes): antes del 1 de julio de 2027.
Hasta esas fechas, los sistemas de facturación pueden funcionar como periodo de adaptación, e incluso usar otros sistemas alternativos a Veri*Factu mientras tanto. Es decir: 2026 es para prepararse, no para correr.
¿A quién afecta?
A empresas y autónomos que emiten facturas con software de facturación. La pieza clave para una gestoría es saber qué programa usa cada cliente y si su proveedor ya lo ha adaptado a Veri*Factu, porque de eso depende lo que tendrás que pedirle y cuándo.
Qué conviene ir haciendo en 2026 (sin agobios)
- Inventariar qué software de facturación usa cada cliente y su versión.
- Confirmar con cada proveedor si su producto ya cumple Veri*Factu y para cuándo.
- Detectar a los clientes que aún facturan en Excel o a mano: son los que más acompañamiento necesitarán.
- Mantener actualizados los datos fiscales y las series de facturación de cada cliente.
El reto no es técnico, es de coordinación: reunir esa información de decenas de clientes por correo y WhatsApp es justo lo que convierte un trámite sencillo en semanas de seguimiento. Aquí ayuda apoyarse en un software para recopilar la documentación de tus clientes en lugar de perseguir a cada uno.
Cómo recopilar esa información sin perseguir a nadie
En lugar de escribir cliente a cliente, crea una solicitud única con lo que necesitas (software que usan, datos fiscales, series de facturación) y envíala con un enlace. El cliente responde y sube lo que le pides sin registrarse, y el sistema le recuerda lo que falta hasta completarlo. Es el mismo flujo que explicamos en cómo dejar de perseguir documentos por email.
Importante: Mireo no es un software de facturación ni emite registros Veri*Factu. Donde ayuda es en lo de siempre — recopilar de forma ordenada la información y la documentación que necesitas de cada cliente para gestionar la transición con tiempo. Confirma siempre las fechas y obligaciones concretas con la información oficial de la Agencia Tributaria.
Deja de perseguir documentos
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